PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS (PROGRAMA PREE-Región de Murcia)
Objeto y finalidad.
El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas a los destinatarios finales dentro del programa PREE, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla (Programa PREE).
Las ayudas tienen como finalidad contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma de edificios existentes,con independencia de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que establece el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, conforme a las condiciones establecidas en el citado real decreto y a lo que se dispuesto en la convocatoria a la que se refiere el presente extracto.
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Obligación de publicidad de los beneficiarios de la subvención (Artículo 20 de la Orden de convocatoria)
Toda referencia en cualquier medio de difusión a la actuación objeto de las ayudas deberá cumplir con los requisitos que figuren en el Manual de Imagen del Programa que estará disponible en la web del IDAE (https://www.idae.es/sites/default/files/documentos/ayudas_y_financiacion/AF_MANUAL_PREE_072023.pdf) (En la nueva cartelería se ha creado una versión adicional de cartel para los destinatarios de las ayudas que sean persona física sin actividad económica, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales)
Asimismo se deberá instalar y mantener:
- Un cartel de carácter temporal mientras dure la obra, en un lugar visible para el público general en la localización del proyecto, preferiblemente situado en la instalación o andamio que recubra la fachada del edificio mientras dure la obra.
- Un cartel de carácter permanente, en un lugar visible para el público general en la localización del proyecto.
INFORMACIÓN
| Extracto de la Orden (BORM) Extracto de la Orden de 25 de junio de 2021, de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, por la que se convocan en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios (Programa PREE-Región de Murcia). | |
| Orden de la BDNS (Identif.: 572054) Orden de 25 de junio de 2021, de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, por la que se convocan en la Comunidad Autónoma de la Región de Murccia las ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios (PROGRAMA PREE). | |
| Real Decreto 737/2020 Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. |